Modificación al valor absoluto en UVT para el cálculo del 25 % de renta exenta del artículo 206 del ET

El numeral 10 y el parágrafo 5 del artículo 206 del ET fue modificado para establecer que la renta exenta del 25 % de los demás pagos gravables por rentas de trabajo que se menciona en el numeral 10 del artículo 206 del ET la podrán tomar todos los trabajadores independientes sin importar si vinculan o no a otras personas ni la cantidad de los que lleguen a vincular (antes la norma decía que dicha renta exenta solo la podían utilizar los independientes que vincularan menos de 2 trabajadores y por períodos inferiores a 90 días durante el año).

En todo caso, es importante advertir que a los congresistas que aprobaron la reforma tributaria se les olvidó modificar el inciso segundo del artículo 388 del ET, el cual seguiría diciendo que los trabajadores independientes que pueden utilizar mensualmente el beneficio de la renta exenta del 25 % serían solo los que vinculan a menos de 2 personas a su actividad, algo que, por tanto, tendrá que ser corregido al menos con un decreto reglamentario.

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.....Al respecto es importante destacar que si la nueva versión del numeral 10 del artículo 206 del ET solo contempla un límite «anual» en UVT, en tal caso suponemos que el Gobierno no podrá atreverse a expedir luego un decreto reglamentario con el cual defina un límite «mensual» (que sería en este caso de 66 UVT), pues eso mismo es lo que ya se hizo en el pasado con el Decreto 2250 de diciembre de 2017, donde se tomó el límite anual de 5.040 UVT que se mencionaba en el artículo 336 del ET para efectos de limitar las rentas exentas y deducciones, y le definió un límite mensual de 420 UVT, pero dicha disposición fue declarada nula por el Consejo de Estado con el fallo de octubre 28 de 2021 para el expediente 24047 (ver nuestro editorial Se anula el límite para rentas exentas y deducciones en la depuración de pagos laborales).

Por tanto, si la norma ahora solo impone un límite anual de 790 UVT, ello significará que el monto mensual a restarse como exento por este concepto podrá ser diferente cada mes (dependiendo del monto del ingreso mensual), pero lo único que deberán hacer los agentes de retención será vigilar que a lo largo del año el mismo asalariado al que le vienen realizando pagos no termine superando el monto anual fijado en la norma. 

Disminución al monto en UVT para el cálculo del 40 % de los ingresos netos al que se deben ..........

Tomado de actualicese: https://actualicese.com/reforma-tributaria-efectuo-4-ajustes-a-la-retencion-en-la-fuente-por-concepto-de-pagos-por-rentas-de-trabajo/